La legislación dominicana define como ruido todo sonido indeseable que, por su naturaleza, magnitud o duración puede afectar la salud de las personas y el ambiente.

Según la normativa
Al atender este tipo de llamadas, el 911 aplicará la legislación vigente, de acuerdo a lo establecido por el Ministerio de Medio Ambiente. El nivel de ruido tolerable según dichas normativas depende de la zona, siendo más permisivos en un área industrial o comercial, y más rigurosos en una zona residencial, escolar, o cerca de un parque u hospital.
Además, la legislación contempla que entre 9:00 de la noche y 7:00 de la mañana, el nivel de ruido debe ser menor en todas las zonas.
Con sonómetro
A partir de hoy, las patrullas de policía contarán, en cada una de las zonas de actuación demarcadas por el sistema 911, con un sonómetro que les permitirá comprobar, según criterios objetivos, si se está produciendo efectivamente una infracción, así como la gravedad de la misma.
De ser así, los responsables tendrán que bajar inmediatamente el volumen o cesar la fuente de ruido. En caso de que el ruido lo esté produciendo una instalación industrial u obra pública, se les dará a los responsables un plazo técnico para que la insonoricen y deje así de producir molestias. (Leer mas, aquí)
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